Resumen: El INSS revocó al pensionista de jubilación el complemento de mínimo por no cumplir el requisito de residencia, reclamándole lo indebidamente percibido. El juzgado desestimó la demanda del actor. La Sala rechazó la nulidad de actuaciones reclamada por el actor pues si bien el juzgado denegó prueba testifical encaminada a acreditar las dificultades de viajar a a España desde Marruecos durante la pandemia coincide con el juzgado en ser intrascendente dicho extrem,o a los efectos discutidos en juicio. Sin embargo estima el recurso en aplicación del Convenio Hispano-Marroquí que permite el cobro d ela pensión por parte del nacional de uno de los Estados aunque no resida en el otro, lo que debe equipararse al caso del complemento de mínimos.